El Alcalde de Esquipulas Ramón Peralta Villeda convocó a los medios de comunicación el día lunes 4 de enero, para dar a conocer el ejercicio fiscal que se tuvo durante el año 2008, debido a una nota que publico Prensa Libre el sábado 2 de enero del 2010 en el cual informa que hay un falta de documento de soporte de 2.1 millones de quetzales, informe entregado por la contraloría General de Cuentas.
Informando que los 2.1 millones de quetzales es un faltante de la Administración pasada explico el Alcalde y el Director Financiero Lic. Gilberto Nerio y el tesorero Encarnación de Jesús López.
INFORME DE PRENSA
Le informamos a la población esquipulteca, que durante el ejercicio fiscal 2008, la municipalidad de Esquipulas ejecutó VEINTIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTIUN MIL CUATROCIENTOS TREINTA QUETZALES CON 75/100 (Q. 28.451,430.75), pero la administración 2004-2008, ejecutó de esta cantidad OCHO MILLONES SETECIENTOS UN MIL NOVECIENTOS SETENTA QUETZALES CON 40/100 (Q. 8.701,870.40) en un lapso de tiempo de 14 días del mes de enero de 2008 y que representa un 30.58% del total de lo ejecutado en todo el año
2008.
Por lo anterior se deduce que por la premura del tiempo la Administración anterior no tuvo el cuidado que se requiere para ejecutar los gastos, podría darse que aplicaron renglones presupuestarios que no eran los correctos y documentos de años anteriores que no fueron operados en su oportunidad, de esa cuenta la administración actual se puede no tiene responsabilidades sobre ese caso.
Para reafirmar y aclarar a la opinión pública, sobre la información de Prensa Libre, página 3 de fecha 2 de enero de 2010, en donde la Municipalidad de Esquipulas aparece con cargos y denuncias por un monto de Q. 2.1 millones, nos permitimos transcribirles en forma textual el hallazgo 3 – FALTA DE DOCUMENTOS DE RESPALDO -, del informe de Auditoría Gubernamental de la Contraloría General de Cuentas, el cual dice así:
FALTA DE DOCUMENTOS DE RESPALDO Q. 2, 166,190.90 (Hallazgo de Cumplimiento No. 3 MUNICIPALIDAD DE ESQUIPULAS).
Condición
En el examen efectuado a la Tesorería Municipal, al verificar los egresos registrados en el sistema SIAFMUNI, correspondientes al ejercicio fiscal 2008, se determinó que al ejecutarse el presupuesto, en el mes de enero, fueron operados gastos correspondientes a los ejercicios fiscales 2006, 2007 y 2008, de los cuales no se encontraron las actas de aprobación donde el Concejo Municipal aprobara los mismos; como resultado de los procedimientos de auditoría se estableció que aparecen gastos contabilizados los cuales no cuentan con la documentación de soporte que justifiquen el gasto por la cantidad de Q 2,166,190.90.
Criterio
De conformidad con el Decreto Número 12-2002, del Congreso de la República de Guatemala, Código Municipal, el artículo 133 estipula acerca de la aprobación de modificaciones y transferencias presupuestarias. La aprobación del presupuesto, las modificaciones al aprobado y la transferencia de partidas al mismo, requieren del voto favorable de las dos terceras (2/3) partes de los miembros que integran el Concejo Municipal, que deberá observar las normas nacionales y municipales relativas a la ejecución presupuestaria. De estas aprobaciones se enviará copia certificada a la Contraloría General de Cuentas, para los efectos de control y fiscalización. De conformidad con el Acuerdo 09-2003, que contiene las Normas Generales de Control Interno Gubernamental, emitidas por la Contraloría General de Cuentas, la norma 1 subnumeral 1.6 establece que es responsabilidad de la máxima autoridad de cada entidad pública, establecer e implementar con claridad los diferentes tipos de control que se relacionan con los sistemas administrativos y financieros. En el Marco Conceptual de Control Interno que se refieren a Control Interno Administrativo y Control Interno Financiero, y dentro de estos, el control previo, concurrente y posterior.
Causa
Negligencia de la máxima autoridad para cumplir con los aspectos que enmarcan las leyes de la materia, en cuanto a la ejecución presupuestaria se refiere, además de la falta de control por parte de las unidades responsables al no prever a futuro que el ordenamiento oportuno y adecuado de los documentos de soporte de los egresos transparenta la gestión municipal.
Efecto
Se reduce el nivel de transparencia en la ejecución del gasto al no cumplir con la aplicación de la ley, ya que se operan gastos sin tener la autorización del Concejo Municipal.
Recomendación
El Alcalde Municipal como representante de la Municipalidad debe cumplir con los aspectos de ley y acatar las decisiones que emanen del Concejo Municipal, en cuanto a la ejecución del presupuesto se refiere.
Comentarios de la administración
El señor Axel Noel García Portillo expone que fue autorizado ingresar dichos documentos con la opción NRG del SIAF para operar documentos que estaban pendientes de operar en el sistema por lo tanto las actas de ampliaciones y transferencias tenían que ser elaboradas por las actuales autoridades.
Con base al numeral dos, el señor Axel Noel García Portillo indica que los documentos si deben estar debido a que si se cumplía con el debido proceso que dicho control interno requería.
Comentarios de auditoría
Se confirma el hallazgo, ya que no se cumplió con las disposiciones contenidas en la Ley.
Acción Correctiva
Se notificó Formulación de Cargos de Auditoría No. FC-DAM-001-2009 por la cantidad de Q2, 166,190.90 contra el Ex-Alcalde y Ex-Tesorero Municipal.
Asimismo la Contraloría General de Cuentas al practicar la auditoría integral encontró un faltante por parte de la administración anterior por la cantidad de CIENTO SESENTISEIS MIL NOVECIENTOS CUARENTICUATRO QUETZALES CON 04/100 (Q. 166,944.04), y según nota de auditoría No. ESQ/CH-REG/SALDO, dicha cuenta debe ser aperturaza con cargo a los señores: JULIO ROBERTO LIMA FRANCO Y AXEL NOEL GARCÍA PORTILLO, por lo tanto el Auditor Gubernamental ordeno que se registrara en el Sistema de Contabilidad Integrada de Gobiernos Locales (SICOINGL) en la cuenta deudores y será la institución fiscalizadora la encargada de presentar las denuncias ante el Ministerio Publico y otras instancias legales a efecto que esta municipalidad recupere dicha cantidad de dinero.
Por lo anteriormente, se concluye que la Administración presidida por el Alcalde Municipal Ramón Peralta Villeda, no tiene nada que ver con dicha publicación y se recomienda tanto a la Contraloría General de Cuentas como a los medios de comunicación, que cuando se den este tipo de información se indique a que período corresponde, para que la población esté mejor informada.
Ramón Peralta Villeda
ALCALDE MUNICIPAL